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CARTELES PROHIBIDO FUMAR
ABR 2011

La Conselleria de Sanidad ya tiene disponibles en su Web los nuevos carteles de “Prohibido Fumar” según la nueva Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

Señalización de los lugares donde existe prohibición total de fumar:

datos.portaldelcomerciante.com/userfiles/107/file/Modelo%202.pdf

Señalización de establecimientos de hostelería y restauración donde está prohibido fumar

datos.portaldelcomerciante.com/userfiles/107/file/Modelo%205.pdf

Señalización de los lugares autorizados para la venta y máquinas expendedoras de tabaco:

datos.portaldelcomerciante.com/userfiles/107/file/Modelo%201.pdf

Hojas de reclamaciones: Modelo de quejas sobre el tabaco

http://www.sp.san.gva.es/tabaquismo/

Por último, recordar que la DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA de la Ley 28/2005, tras la modificación de la nueva Ley 42/2010, establece que:
“En los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco y los lugares, en los que, en su caso, se encuentren las zonas habilitadas para fumar. Estos carteles estarán redactados en castellano y en la lengua cooficial con las exigencias requeridas por las normas autonómicas correspondientes”
Estamos a su disposición en el e-mail afic@convega.com , a través de la asesoría on-line del www.portaldelcomerciante.com/convega o bien llamando al teléfono 96 530 70 72.

 

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